La nueva hermenéutica del derecho penal brasileño a la luz de la Constitución Federal de 1988
DOI:
https://doi.org/10.21680/1982-310X.2012v5n01ID4366Palabras clave:
Hermenéutica, Derecho Penal, Constitución Federal, Principios Constitucionales, Garantías LegalesResumen
Debido a las constantes demandas sociales, es necesario que las normas en general, y en particular el derecho penal, se adapten a estas transformaciones. Dado que resulta prácticamente imposible para el legislador seguir el ritmo de los cambios sociales, esta tarea recae en el profesional del derecho, quien debe interpretar cada caso específico aplicando los criterios de una nueva hermenéutica en materia penal. La legislación vigente, que data de 1940, debe reinterpretarse conforme a los nuevos parámetros y perspectivas que plantea la Constitución Federal de 1988, mediante la armonización de las legislaciones mencionadas. Esta interacción permite la legitimidad material de las decisiones penales de acuerdo con los principios que rigen el Estado de Derecho Democrático. Así, los Principios Constitucionales se convierten en elementos rectores de la nueva hermenéutica penal y limitan la actividad punitiva del Estado, previniendo sus acciones arbitrarias contra la ciudadanía. Como herramienta para alcanzar este objetivo, surge el movimiento conocido como garantías legales, o constitucionalización de normas subconstitucionales, como vía para salvaguardar la protección de los derechos fundamentales. Esto demuestra la clara necesidad de transformar nuestro derecho penal, mediante la acción del legislador y la creación y exclusión de delitos, así como a través de la actividad de quienes aplican la ley, con el fin de lograr el objetivo superior del Estado brasileño: garantizar el respeto al Principio de Dignidad Humana, como principio rector de todo el sistema nacional y medio para alcanzar el bienestar social.
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Citas
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